M. PÁGINAS DE INTERNET
Último párrafo del artículo 95
Artículo 95 ° Fracción M Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa
Descripcion: Los sujetos obligados deberán informar a la Comisión cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de internet, con el objeto de que ésta verifique y apruebe, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado. En cumplimiento de este último párrafo del artículo 95, y con base en lo señalado en las Políticas Generales de estos Lineamientos Técnicos, numeral XIII, en la Tabla de aplicabilidad de las Obligaciones de Transparencia Comunes genérica incluida en estos Lineamientos, las 55 fracciones del artículo 95 se refieren a información que todos los sujetos obligados generan, obtienen, adquieren, transforman o poseen.