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Consejo Municipal Para Prevenir y Atender la Violencia Intrafamiliar

Consejo Municipal Para Prevenir y Atender la Violencia Intrafamiliar

El COMPAVI es el Consejo Municipal para la Prevención y Atención de la Violencia Intrafamiliar; órgano encargado de coordinar, planear, asesorar, evaluar y dar seguimiento a las acciones de prevención y atención de la violencia familiar que se realizan dentro del municipio.

¿QUIENES INTEGRAN EL COMPAVI?

  • El Secretario del H. Ayuntamiento, quien fungirá como presidente.
  • El director(a) del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio, quien fungirá como Secretario Técnico Operativo.
  • El Director de Seguridad Pública y Tránsito Municipal.

Uno o dos representantes de cada una de las siguientes instituciones:

  • Secretaría de Educación Pública y Cultura.
  • Secretaría de Salud (servicios médicos municipales).
  • Procuraduría General de Justicia del Estado.
  • Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia de los Municipios. (Las Titulares)
  • Procuraduría de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia del Sistema DIF Municipal. (Procuradora)
  • Coordinación Municipal del Instituto Sinaloense de la Mujer, o Institutos Municipales de las Mujeres (Coordinadora o Directora).
  • Organismos no gubernamentales, y de los sectores social y privado.
  • Las Comisiones de Derechos Humanos.
  • El visitador de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
  • Universidades, Institutos y Escuelas del municipio.
  • Centro de Integración Juvenil, A.C.
  • Departamento de Atención a la Juventud en el municipio.
  • Consejo Tutelar para Menores Infractores.
  • Tribunal Municipal de Barandilla.
  • Programas preventivos de la Secretaría de Seguridad Pública.
  • Comisión de equidad, género y familia; y de Derechos Humanos, en cabildos.
  • Jueces de primera instancia del ramo familiar y penal.
  • Colegios de abogados.
  • Coordinación de atención a personas con discapacidad.
  • Medios de comunicación.
  • Representantes de otras dependencias e instituciones públicas, privadas o sociales, que por sus funciones, actividades , conocimientos, prestigio y/o experiencia  sea  conveniente que asistan  a las sesiones del Consejo.