Teléfonos: (01 696) 96 1 01 11 | (01 696) 96 1 02 42

Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal

 

CMTE. SERGIO ANTONIO LEYVA LÓPEZ
DIRECTOR DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL

 

Av. Chamizal #48, Col, Miramar, La Cruz, Elota, Sin.

Tel. of. (01 696) 96 1 01 67 y (01 696) 96 1 16 18

Articulo 29.- Corresponde a la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, además de las facultades genéricas de los Directores, el ejercicio de las atribuciones siguientes:

    1. Diseñar, dirigir y controlar políticas en las materias de seguridad pública y tránsito municipal, de conformidad con las disposiciones juridicas aplicables, así como en lo señalado en el Plan Municipal de Desarrollo;
    2. Coordinar acciones de los cuerpos de seguridad pública municipal, con las de los otros órdenes de gobierno;
    3. Preservar la integridad, tranquilidad y seguridad de los habitantes del municipio e instrumentar el adecuado y permanente flujo vehicular, la seguridad vial y el respeto de los reglamentos que regulan la seguridad pública y el tránsito municipal;
    4. Mantener la seguridad y el orden público en el municipio;
    5. Coordinar y formular planes y programas preventivos, tendientes a evitar la comisión de probables hechos delictivos;
    6. Organizar y supervisar el funcionamiento de los servicios de atención a la ciudadanía, en caso de emergencias o la comisión de conductas infractoras o delictivas;
    7. Auxiliar, dentro del marco legal, al Ministerio Público, a las autoridades judiciales y administrativas, cuando sea requerido para ello;
    8. Respetar y vigilar que se respeten las disposiciones legales aplicables al municipio en las materias de seguridad pública y tránsito municipal; ·
    9. Operar, dirigir, organizar, controlar y supervisar el funcionamiento de la policia municipal preventiva y tránsito;
    10. Formular, en el ámbito de su competencia, política de participación ciudadana para el mejoramiento del desarrollo de planes y acciones Vinculadas a 181 materias de seguridad pública y tránsito;
    11. Elaborar y proponer los proyectos de reglamentos, decretos, convenios o acuerdos sobre los asuntos de su competencia;
    12. Instrumentar programas para la inducción de la educación vial en la población del municipio;
    13. Vincular participativamente a los elementos de seguridad púbfica y tránsito municipal en tareas de orden social;
    14. Presentar a los infractores de disposiciones administrativas del Bando de Policía y Buen Gobierno ante el Tribunal de Barandilla;
    15. Ejercer las facultades y cumplir con las obligaciones que en materia de protección civil le atribuyen las leyes, reglamentos y demás disposiciones legales aplicables;
    16. Integrar, coordinar y supervisar el Sistema Municipal de Protección Civil; y,
    17. Las demás que le confieran las leyes, reglamentos, decretos y acuerdos de cabildo o que expresamente le encomiende el Presidente Municipal.

Articulo 30.- Al titular de esta dependencia se le denominará Director de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, quien para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará de los órganos de administración y operación que establezca el Reglamento de Policia Preventiva del municipio.

Articulo 31.- De igual manera, a la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal estarán adscritas las siguientes unidades administrativas:

    1. Coordinación Municipal de Protección Civil; y,
    2. Departamento de Servicios Médicos Municipales.

Articulo 32.- La Coordinación Municipal de Protección Civil se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Protección Civil, en la Ley de Protección Civil para el Estado de Sinaloa, reglamentos y demás disposiciones aplicables, así como en los acuerdos que en materia de protección civil dicten Cabildo, el Presidente Municipal y los que le instruya el Secretario del Ayuntamiento.